Así podrás tener una estimación más correcta del gasto que supondrá para tu comunidad y solicitar presupuestos conociendo las caracteristicas técnicas de la obra sin esfuerzo
Las comunidades de vecinos también deben contratar el suministro eléctrico para la iluminación general del portal, el ascensor, el aparcamiento subterráneo, las puertas automáticas y las zonas comunes de la comunidad.
Aunque evidentemente el consumo de luz en una comunidad de propietarios varía en función del tamaño de la comunidad y el número de plantas y viviendas, es obvio que muchas comunidades de vecinos pagan demasiado por la luz de su comunidad. De hecho, en comunidades de propietarios de reciente construcción la factura de la luz supone hasta un 30% del presupuesto anual de la finca, por lo que es imprescindible tomar medidas de ahorro energético que ayuden a reducir el importe de la factura de la luz.
Por lo tanto, como el consumo de electricidad es uno de los gastos principales a los que tiene que hacer frente una comunidad de vecinos, es importante revisar la instalación de las zonas comunes para saber con qué contamos y las opciones que tenemos para mejorar la eficiencia energética en las zonas comunitarias.
El recibo de la luz de la comunidad es muy parecido al que recibe un consumidor individual y también indicará los datos del suministro: a) la potencia suscrita con la compañía, que en el caso de las comunidades de vecinos suele ser trifásica; b) los datos del consumo en las zonas comunes del edificio, c) el alquiler de equipos y d) los impuestos. La diferencia principal es que la potencia contratada y el consumo son superiores a los de las viviendas y que el encargado de recibir la factura es el administrador de la finca o el presidente de la junta de propietarios.
La potencia contratada dependerá de los elementos o servicios comunes que requieran suministro eléctrico y no es lo mismo un inmueble con varios portales, ascensores y puertas automáticas que una comunidad de propietarios sin ningún servicio. Por lo tanto, lo primero que hay que hacer es revisar la potencia que se tiene contratada para saber si se ajusta a las necesidades de iluminación de las zonas comunes. Normalmente las comunidades de vecinos tienen contratada una potencia que sobrepasa con creces las necesidades del edificio, por lo que es aconsejable que un instalador compruebe la instalación eléctrica y haga una estimación de las necesidades de la comunidad. Así, se podrá recalcular la potencia necesaria y ahorrar en la factura de luz sin que se produzcan cortes en el suministro y salte el interruptor de control de potencia ICP a la mínima.
Por otra parte, también es muy importante elegir la tarifa eléctrica más adecuada para la potencia suscrita con la compañía. La tarifa más interesante dependerá del uso y las particularidades de cada comunidad, pero, por ejemplo, a una comunidad en la que el consumo se realice principalmente en horarios diurnos le compensará una tarifa con el término punta más económico, mientras que a una comunidad cuyo gasto más importante sea la iluminación por las noches, le interesará una tarifa con el término valle más barato.
Es aconsejable echar un vistazo al comparador de la CNMC para conocer la comercializadora de luz más económica y encontrar la tarifa más adecuada para las necesidades de su comunidad de propietarios.
Una vez decidida la tarifa de luz más adecuada, el administrador de fincas o el presidente de la comunidad tendrá que ponerse en contacto con la comercializadora y solicitar la contratación de la luz, pero es una gestión gratuita que se puede realizar por teléfono o por correo electrónico.
Además, para ayudar a reducir aún más la factura de la comunidad, también es importante considerar la instalación de detectores de presencia o temporizadores y sustituir las bombillas incandescentes y los tubos fluorescentes por bombillas y tubos LED que ahorran hasta un 80% en el consumo eléctrico.
Evidentemente, antes de emprender cualquier mejora en el sistema de iluminación de la comunidad es imprescindible convocar una junta de vecinos y someter los cambios a votación. Se ha de implicar a todos los vecinos, ofrecer información correcta y contrastada, y comunicar claramente los beneficios que esos cambios tendrían para la comunidad vecinal. Conviene dar preferencia a las inversiones que ofrecen resultados a corto plazo y se rentabilizan antes, y después proponer medidas cuyos resultados pueden tardar más en verse.
Debido a la gran variedad de posibilidades que nos encontramos en el mercado, la implementación de mejoras en el sistema de iluminación es un trabajo arduo, por ello os vamos a detallar en qué consistiría el procedimiento a seguir:
Los dispositivos de iluminación artificial se deberán proyectar en función de la iluminación natural que pueda recibir las zonas comunes del edificio, además de estudiar las necesidades de los usuarios en cada zona. Para ello deberán instalarse además de iluminarias de eficacia energética, sistemas de control y regulación de las mismas.
En la actualidad existen cuatro grandes tecnologías de generación de luz:
Se podrían incorporar uno o varios dispositivos de este tipo a nuestra instalación, siempre buscando la mayor eficacia para nuestra instalación:
Antes de plantearse cualquier cambio en el sistema de iluminación de la comunidad, conviene echar un vistazo y conocer las normativas reguladoras de la iluminación:
–«Eficiencia energética de los edificios. Requisitos para la iluminación” (EN-15193): normativa que permite calcular el consumo de iluminación estimado de un proyecto.
–“ Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación” (CTE HE3): normativa que limita el coste energético de las soluciones de iluminación calculadas.
–“Seguridad de utilización y accesibilidad” (CTE SUA): normativa que recoge las disposiciones de iluminación mínima y de seguridad.
–“Reglamento electrotécnico de baja tensión” (REBT 2002): normativa básica para cualquier instalación eléctrica.
–“Compatibilidad electromagnética y marcado CE” (Directiva Europea 2004/108/CE): normativa que afecta a todos los productos industriales con equipos eléctricos.
–“Aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos” (RD 208/2005): normativa que establece las responsabilidades de cada agente de la cadena de valor en la gestión de los residuos.
Así podrás tener una estimación más correcta del gasto que supondrá para tu comunidad y solicitar presupuestos conociendo las caracteristicas técnicas de la obra sin esfuerzo
Send this to a friend