La Resolución de 29 de octubre de 2020, del Congreso de los Diputados, autoriza la prórroga del estado de alarma, declarado por el Real Decreto 926/2020, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 hasta el día 9 de mayo de 2021.
Son las Comunidades Autónomas las responsables de flexibilizar y suspender la aplicación de medidas como el número máximo de personas no convivientes que se pueden reunir. Desde el pasado lunes 25 de enero de 2021 el número más restrictivo es el de 4 personas, en Comunidades como Madrid o Andalucía.