Contadores individuales en comunidades con calefacción central
Los edificios con calefacción central deben tener contadores individuales o repartidores de costes salvo inviabilidad técnica o falta de rentabilidad acreditadas (Real Decreto 736/2020). Qué exige hoy la norma y cómo se acredita la exención.
Actualizado el 28 de septiembre de 2026
La versión anterior hablaba de plazos "hasta 2019 o 2020" como si estuvieran pendientes. Los plazos reales del Real Decreto 736/2020 fueron otros y ya vencieron: el presupuesto obligatorio debía pedirse entre el 1 de febrero de 2021 y el 1 de febrero de 2022, según zona climática y tamaño del edificio, y la instalación hacerse en los quince meses siguientes. La obligación sigue vigente para quien no la haya cumplido.
Un edificio con calefacción central que da servicio a varias viviendas debe tener contadores individuales de energía térmica en cada vivienda o, si eso no es técnicamente viable, repartidores de costes en los radiadores, siempre que la instalación sea técnicamente viable y económicamente rentable (art. 3.1 del Real Decreto 736/2020). Solo se libran las instalaciones excluidas en el anexo I de ese real decreto, por inviabilidad técnica o por estar en las zonas climáticas α, A y B, y la exclusión hay que acreditarla.
Qué dice la norma, en presente
- Obligación. Los titulares de instalaciones térmicas centralizadas que no tengan sistema de reparto de gastos por consumo deben instalar contadores individuales. Si no es técnicamente viable, repartidores de costes de calefacción, siempre que ello sea viable y rentable (art. 3.1).
- Control del propio consumo. Cuando la contabilización individual es viable y rentable, cada vivienda debe contar con medios para controlar su consumo, por ejemplo válvulas termostáticas en cada radiador o válvulas de zona con termostato (art. 3.2).
- Exclusiones (anexo I). Por inviabilidad técnica: sistemas con emisores conectados en serie (monotubo en serie) que den servicio a más de un usuario en el mismo anillo, y para repartidores también los monotubos en serie en columnas, los ventiloconvectores y los aerotermos, además de cualquier sistema que no permita individualizar consumo y gestión. Por falta de rentabilidad: las instalaciones de calefacción situadas en las zonas climáticas α, A y B del Código Técnico de la Edificación.
- Lectura remota antes de 2027. Los equipos instalados desde la entrada en vigor del real decreto deben tener lectura remota. Los que ya estaban instalados deben permitirla o ser sustituidos antes del 1 de enero de 2027 (art. 6.1).
- Reparto de costes. La factura individual combina un coste variable según consumo y un coste fijo por mantenimiento y calor de zonas comunes. El real decreto indica que el variable debería situarse entre el 60% y el 75% del total (art. 6.4). A quien no haya instalado el sistema se le aplica, como mínimo, la mayor ratio de consumo por metro cuadrado del edificio (art. 6.5).
- Información al vecino. La lectura y la liquidación individual se facilitan gratis al menos cada dos meses durante el periodo de servicio de la instalación, y cada mes si hay lectura remota (art. 6.2).
Cómo se acredita que la comunidad está exenta
El procedimiento está en los arts. 4 y 7:
- La empresa mantenedora de la instalación central debe asesorar a la comunidad sobre si está excluida (art. 4.1).
- Si lo está, la mantenedora emite gratis un certificado según el anexo II, y la comunidad lo presenta ante el órgano competente de su comunidad autónoma junto con la declaración responsable del anexo V (art. 4.2). Si la exclusión es solo por zona climática, no hace falta presentar estos documentos (art. 7).
- Si no está excluida, la comunidad debe pedir al menos un presupuesto estandarizado (anexo III) a una empresa instaladora habilitada según el RITE. Es gratuito y debe concluir si la instalación es viable y rentable (art. 4.2). Se considera rentable cuando el periodo de retorno es inferior a los años fijados en el apartado 2.4 del anexo III (art. 4.3).
- Si el presupuesto sale negativo, la comunidad lo presenta ante la comunidad autónoma con la declaración del anexo V en un plazo máximo de dos meses (arts. 4.2.c y 7). Las comunidades de propietarios deben hacerlo por medios electrónicos (art. 7).
- Si sale positivo, hay que instalar. La comunidad puede aceptar ese presupuesto u otro con condiciones distintas de compra, pago a plazos o alquiler (art. 4.4).
Quien vigila el cumplimiento es la comunidad autónoma (art. 8), y el incumplimiento se sanciona con el régimen de la Ley 18/2014 (art. 10). Además, tener contadores o repartidores es requisito para acogerse a la tarifa TUR de gas para comunidades.
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Ventajas para la comunidad
- Se evita el despilfarro. Con válvulas termostáticas cada vecino regula la temperatura según lo que necesita.
- Cada uno paga lo que consume, dentro del reparto entre coste fijo y variable. Se acaban muchas discusiones de junta sobre horarios y temperaturas.
- Menos consumo y menos emisiones en el conjunto del edificio.
Tipos de instalación y qué se puede poner
Las calefacciones centrales se distinguen por cómo reparten el agua caliente:
- En anillo: cada vivienda tiene su propia derivación. Es el caso fácil: se coloca un contador en cada derivación y se reajusta hidráulicamente la instalación.
- En columna: la más común en edificios antiguos. La distribución va por columnas verticales que unen las mismas estancias de todos los pisos (todos los salones, todos los dormitorios principales, etc.). Rehacer la instalación vivienda a vivienda suele ser inviable, así que se usan repartidores de costes con válvula termostática en cada radiador.
El repartidor de costes se coloca en la superficie del radiador y mide dos temperaturas, la del radiador y la del ambiente. Con esa diferencia calcula el uso de cada radiador. La válvula con cabezal termostático permite fijar la temperatura de cada radiador.
La mayoría de instaladores ofrecen compra o alquiler de los equipos y el servicio de lectura. Compara las condiciones y pregunta, antes de firmar, si la tecnología permite cambiar de proveedor de lectura sin costes adicionales. El instalador está obligado a informar de ello (art. 6.1).
Una advertencia antes de instalar
Medir el consumo no arregla un edificio que pierde calor. Las viviendas rodeadas de otras aprovechan el calor de las colindantes, pero un ático con cubierta mal aislada o un primero sobre locales sin aislar gastarán más. La mayoría de las pérdidas están en fachadas, ventanas y cubiertas. Por eso conviene estudiar a la vez mejoras de envolvente, que además tienen ayudas: lo contamos en ahorro energético en comunidades y en la normativa para cambiar la calefacción central.
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