¿Es obligatorio la presencia de extintores en una Comunidad de vecinos?
¿Algunas dudas sobre tu Comunidad de Propietarios? ¡Infórmate en nuestro artículo! En primer lugar, quizás la presencia de extintores en determinados lugares sea un tema que genere dudas. Si bien es cierto que es una herramienta que podría evitar situaciones complicadas y daños, pero, ¿es obligatorio tenerlos? Tener extintores en una Comunidad de vecinos podría no…
Sí, en los edificios de viviendas a los que se aplica el Código Técnico de la Edificación. La sección SI 4 del Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio exige, sea cual sea la altura del edificio, un extintor de eficacia 21A-113B en cada planta, a 15 metros de recorrido como máximo desde todo origen de evacuación, y otro en cada zona de riesgo especial, como el cuarto de contadores de electricidad. La altura solo cuenta para otras instalaciones: columna seca si la altura de evacuación supera 24 metros, y detección y alarma si supera 50. El CTE se aplica a la obra nueva y a las intervenciones en edificios existentes (art. 2 de la Parte I del CTE, RD 314/2006), y los extintores que ya estén instalados deben mantenerse según el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
La diferencia entre tener o no extintores en una Comunidad de vecinos
Disponer de estos sistemas de seguridad podría suponer una diferencia importante. Cuando se genera un fuego en alguna zona, tener un extintor a mano podría evitar graves daños.
En realidad es que no llegamos a pensarlo porque son situaciones que no se suelen dar con normalidad. Pero en el momento en el que se diera el caso es de vital importancia reaccionar a tiempo y disponer de los medios suficientes para que la cosa no llegue a más.
Siempre será mejor aquello de prevenir antes que curar. Tener a mano extintores dará a la comunidad un plus de seguridad.
¿Entonces es obligatorio o no?
Depende de qué norma se aplique a tu edificio, y la fecha de 1996 ya no es la referencia. La norma de 1996, la NBE-CPI-96 (Real Decreto 2177/1996), quedó derogada por el Real Decreto 314/2006, que aprobó el CTE. Hoy la regla es el DB SI: un extintor 21A-113B por planta a no más de 15 metros de recorrido desde todo origen de evacuación, más los de las zonas de riesgo especial (salas de calderas de más de 70 kW, local de contadores de electricidad, almacenes de residuos de más de 5 m², entre otros).
El CTE se aplica a edificios de nueva construcción y también a las intervenciones en edificios existentes que necesiten licencia o declaración responsable (art. 2 del CTE). En esas obras no se pueden reducir las condiciones de seguridad que ya tuviera el edificio. Cuánto hay que adaptar en una reforma concreta lo justifica el técnico en el proyecto o memoria, y la ordenanza municipal o la normativa autonómica pueden añadir exigencias, así que conviene preguntarlo antes de la obra.
Si la comunidad ya tiene extintores, el RIPCI (RD 513/2017) obliga a mantenerlos: revisión anual por una empresa mantenedora o por el fabricante y timbrado cada cinco años, con un máximo de tres retimbrados. Te lo contamos con más detalle en extintores de incendios en comunidades.
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No ser obligatorio, no quiere decir innecesario
Que una comunidad no esté obligada a tener medidas de seguridad contra incendios no quiere decir que sean innecesarias. Revisa también los detectores de incendios para comunidades y el plan de mantenimiento de la comunidad.
Tener extintores en zonas comunes debe ser algo habitual, además de indicaciones de utilización. No todos saben usar un extintor en caso de emergencia.
La seguridad personal ante todo
Ni que decir tiene que el cuidado ante situaciones fuera del alcance del extintor debe recaer en las autoridades competentes.
El extintor es una herramienta muy útil en pequeños fuegos, pero no para un gran incendio. Por lo tanto debe primar la seguridad personal en casos incontrolables y así evitar riesgos innecesarios como inhalación de humo o algo peor.
Si quieres saber más acerca de normativas, instalación, usos u obligatoriedad, aquí te dejamos un artículo muy interesante y detallado.
Tener controladas las revisiones anuales y los retimbrados de los extintores es parte del mantenimiento que coordina un administrador. Si quieres que en tu comunidad no se escape ninguna fecha, calcula el precio de la administración.
