Consejos y noticias

Estufa de pellets en un piso: permiso de la comunidad y salida de humos

Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre instalar una estufa de pellets en tu vivienda, por dónde deben salir los humos según el RITE y cuándo necesitas el acuerdo de la junta.

Puedes instalar una estufa de pellets dentro de tu vivienda sin votación de la junta siempre que no afecte a la seguridad, la estructura o la configuración exterior del edificio ni perjudique a otros propietarios, y avisando antes a quien represente a la comunidad (art. 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal). El problema casi nunca es la estufa, sino el conducto de humos: el RITE exige que los productos de la combustión salgan por la cubierta del edificio y solo admite salidas por fachada o patio para aparatos de gas (IT 1.3.4.1.3.1). Si el conducto atraviesa elementos comunes, necesitas acuerdo de la junta.

Lo que puedes hacer sin pedir permiso

Dentro de tu piso mandas tú. El art. 7.1 LPH te deja modificar instalaciones y elementos de tu vivienda con tres límites: no tocar la seguridad ni la estructura general, no alterar la configuración o el estado exteriores y no perjudicar a otro propietario. Lo único que exige es dar cuenta de la obra antes al presidente o al administrador.

Colocar la estufa, el depósito de pellets o una conexión a los radiadores de tu propia instalación (las llamadas hidroestufas) entra, en principio, en ese margen. Lo que no entra es sacar el humo por donde afecte a lo común: el mismo artículo prohíbe hacer “alteración alguna” en el resto del inmueble.

Por dónde tienen que salir los humos

Aquí mandan dos normas técnicas:

  • El Código Técnico de la Edificación (exigencia básica HS 3, art. 13.3.2 de la parte I) dice que la evacuación de productos de combustión se hará “con carácter general por la cubierta del edificio, con independencia del tipo de combustible y del aparato”.
  • El RITE (IT 1.3.4.1.3.1) repite la regla de la cubierta. La excepción de sacar humos por fachada o patio está limitada a generadores que usen combustibles gaseosos. El pellet es un combustible sólido, así que no se beneficia de ella.

Dos prohibiciones más que evitan malas ideas (IT 1.3.4.1.3.2): no se puede compartir el conducto de humos con otras instalaciones de evacuación, como la ventilación o el shunt de la cocina, y nunca se pueden conectar a un mismo conducto aparatos que usen combustibles diferentes. La chimenea debe tener además un registro en su parte inferior para retirar residuos.

Qué mayoría necesita la junta para el conducto

Un conducto que sube por el patio, la fachada o la cubierta modifica elementos comunes. El art. 17.4 LPH exige tres quintos de propietarios y cuotas para “cualquier otra alteración de la estructura o fábrica del edificio” o “la modificación de las cosas comunes”. La jurisprudencia antigua iba más lejos: el Tribunal Supremo recuerda en su sentencia 107/2024, de 30 de enero (ECLI:ES:TS:2024:396), que durante años consideró que las chimeneas o conductos de humos por elementos comunes requerían unanimidad y que no basta con la autorización del presidente.

La consecuencia práctica: pide por escrito al presidente que lo incluya en el orden del día de la siguiente junta (art. 16.2), lleva la memoria técnica del instalador y un plano del trazado, y asegúrate de que el acuerdo y su mayoría queden en el acta. Un permiso verbal del presidente no te protege. Las mayorías de cada tipo de acuerdo están resumidas en mayorías en la junta de propietarios.

Papeles técnicos y mantenimiento

Si la potencia de la estufa es de 5 kW o más, el instalador debe hacer una memoria técnica (art. 15.1.b del RITE), y entre 5 y 70 kW el mantenimiento lo hace una empresa mantenedora (art. 26.6.a). Con menos de 5 kW no es preceptiva esa documentación ante la comunidad autónoma. En todo caso, guarda la factura y el certificado de instalación: son lo primero que pedirá la aseguradora si hay un siniestro.

Si tu edificio tiene calefacción central y te planteas desconectarte, revisa antes cómo funciona la calefacción central en comunidades.

Preguntas frecuentes

¿Puedo sacar el tubo de la estufa de pellets por la ventana o la fachada?

No. El RITE solo admite la salida por fachada o patio para aparatos de gas en supuestos tasados (IT 1.3.4.1.3.1) y el CTE fija la cubierta como regla general. Además, la fachada es elemento común y su configuración exterior no puede alterarse sin acuerdo (art. 7.1 LPH).

¿Puedo aprovechar el conducto de ventilación de la cocina?

No. El RITE prohíbe unificar los conductos de evacuación de productos de combustión con otras instalaciones de evacuación (IT 1.3.4.1.3.2, apartado 1). Necesitas un conducto propio, dimensionado para el aparato y con salida por cubierta.

¿Pueden los vecinos obligarme a quitar una estufa ya instalada?

Pueden reclamar que se retire el conducto si altera elementos comunes sin acuerdo. Cualquier propietario está legitimado para esa demanda aunque la junta no quiera actuar, como admitió el Supremo en la sentencia 107/2024. Lo explicamos en cuándo puede un vecino demandar sin la junta.

Antes de comprar la estufa, confirma con el instalador por dónde irá la salida de humos. Si pasa por zonas comunes, el acuerdo de la junta va primero. Y antes de la junta, cuéntaselo a los vecinos del patio o del último piso, que son quienes más van a notar el conducto: una conversación a tiempo evita muchas discusiones después.

Si en tu comunidad hay que votar obras así, en Supervecina preparamos el orden del día, la votación y el acta para que el acuerdo quede claro. Puedes ver cuánto costaría para tu edificio.