Perros que ladran en la Comunidad de Vecinos
Qué hacer si el perro de un vecino ladra sin parar: hablar primero, requerimiento del presidente y acción de cesación del art. 7.2 LPH, ordenanza de ruido y Ley 7/2023.
Si el perro de un vecino ladra de forma continuada y molesta, la norma que se aplica en la comunidad es el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal: prohíbe al propietario y al ocupante de un piso desarrollar actividades molestas, y permite al presidente requerir que cesen y, si siguen, demandar con autorización de la junta. Además, el ruido de los vecinos lo regula la ordenanza municipal de cada ayuntamiento, y la Ley 7/2023 de bienestar animal obliga al dueño a evitar que su animal cause molestias. Antes de todo eso, lo que mejor funciona casi siempre es hablar.
Con el verano muchos vecinos vuelven a sus casas de temporada, se resuelven temas pendientes como la elección del presidente de la Comunidad y aparecen también los problemas de convivencia. El más común es el ruido, y buena parte de las quejas tiene que ver con animales.
¿Ruido de animales en tu Comunidad?
Muchas comunidades no tienen ninguna norma interna sobre ruido, y los vecinos no siempre son conscientes de que están molestando. Un perro que ladra cuando se queda solo puede pasar horas así sin que su dueño lo sepa, porque cuando él está en casa el animal no ladra.
Por eso el primer paso nunca debería ser una carta del abogado.
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¿Qué normativa hay frente al ruido de animales en la Comunidad de Propietarios?
No existe una ley específica sobre perros que ladran en comunidades. Se aplican a la vez tres bloques de normas.
Ley de Propiedad Horizontal, art. 7.2
El art. 7.2 LPH dice que al propietario y al ocupante no les está permitido desarrollar en el piso o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. Unos ladridos puntuales no son una actividad molesta. Un perro que ladra horas cada día, sí puede serlo, y eso lo acaba valorando un juez.
El procedimiento que marca la ley es este:
- Requerimiento del presidente. A iniciativa propia o de cualquier propietario u ocupante, el presidente requiere a quien causa la molestia la inmediata cesación, advirtiéndole de que si no se iniciarán acciones judiciales. Conviene hacerlo de forma fehaciente (burofax, por ejemplo), porque la demanda tiene que ir acompañada de la acreditación de ese requerimiento.
- Autorización de la junta. Si el infractor persiste, el presidente necesita la autorización de la junta de propietarios, convocada a ese efecto, para demandar.
- Acción de cesación. Se tramita por juicio ordinario, contra el propietario y, en su caso, contra el inquilino. El juez puede acordar como medida cautelar la cesación inmediata de la actividad.
- Sentencia. Si estima la demanda, puede ordenar la cesación definitiva, una indemnización de daños y perjuicios y la privación del derecho de uso de la vivienda por un tiempo no superior a tres años, según la gravedad y los perjuicios. Si el infractor no es el propietario, puede declarar extinguidos sus derechos sobre la vivienda y su lanzamiento.
Es la vía más seria y también la más lenta y cara. Tiene sentido cuando el problema es grave, está documentado y el vecino se niega a hacer nada.
En Cataluña no se aplica este artículo, sino el art. 553-40 del Código Civil de Cataluña: el requerimiento lo hace la presidencia por iniciativa propia o a petición de una cuarta parte de los propietarios, la acción la ejerce la junta y la privación del uso no puede superar dos años.
Ordenanza municipal de ruido
La Ley 37/2003 del Ruido deja fuera de su ámbito los comportamientos de los vecinos mientras el ruido se mantenga en límites tolerables según las ordenanzas municipales y los usos locales (art. 2.2.a). Encarga a los ayuntamientos aprobar ordenanzas (art. 6) y les permite tipificar como infracción el ruido de actividades domésticas o de vecinos que exceda de esos límites (art. 28.5.b).
En la práctica, esto quiere decir que horarios, límites y multas los fija tu ayuntamiento. Busca la ordenanza de ruido o de convivencia de tu municipio en su web. Quien la hace cumplir es la policía local, a la que puede llamar cualquier vecino afectado, sin pasar por la junta.
Ley 7/2023 de bienestar animal
La Ley 7/2023 no habla de ladridos, pero sí fija obligaciones del dueño que vienen al caso:
- El responsable de un animal responde de los daños, perjuicios o molestias que cause a personas, otros animales o cosas (art. 24.3).
- Quien convive con un animal de compañía debe adoptar las medidas necesarias para evitar que su tenencia ocasione molestias a las personas (art. 26.c).
- Está prohibido dejar a un perro sin supervisión más de veinticuatro horas consecutivas (art. 27.i) y mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, patios y similares (art. 27.e).
Un perro que pasa el día solo en la terraza ladrando puede, por tanto, ser a la vez un problema de convivencia para la comunidad y un incumplimiento de la ley de bienestar animal.
¿Si una mascota está haciendo mucho ruido, qué hacer?
El orden que recomendamos, de menos a más:
- Habla con el dueño cuanto antes, con calma y sin testigos. Muchas veces no sabe que el perro ladra cuando se va. Proponle soluciones concretas: paseos antes de salir, un adiestrador, no dejarlo en la terraza.
- Si no funciona, díselo al presidente o al administrador. Pueden mediar o enviar un aviso por escrito en nombre de la comunidad. Si hay mucha tensión, un mediador vecinal puede desbloquear la situación.
- Documenta. Anota días y horas, graba audio desde tu casa y pide a otros vecinos afectados que hagan lo mismo. Sin pruebas no hay requerimiento serio ni demanda.
- Si el ruido supera lo tolerable, llama a la policía local. Aplicará la ordenanza municipal y su intervención queda registrada.
- Como último recurso, la vía del art. 7.2 LPH: requerimiento fehaciente del presidente, acuerdo de junta y demanda.
A veces la solución llega por donde nadie la esperaba: si el dueño pasa muchas horas fuera por trabajo, no es raro que otro vecino al que le gustan los perros se ofrezca a sacarlo a mediodía.
Si el problema de ruido no viene de animales, tienes más ideas en nuestra guía sobre cómo actuar frente a vecinos ruidosos.
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