Rehabilitación energética en comunidades: qué ayudas hay en 2026
Con los fondos Next Generation cerrados el 30 de junio de 2026, la ayuda estatal para rehabilitar un edificio es el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (RD 326/2026), que convocan las comunidades autónomas. Cuantías, requisitos, deducciones IRPF y Plan Social para el Clima.
Actualizado el 28 de septiembre de 2026
Este artículo se escribió en mayo de 2026 como cuenta atrás hacia el 30 de junio. Esa fecha ya pasó: la ventana de los fondos Next Generation (RD 853/2021) está cerrada. Lo hemos reescrito para explicar qué ayudas existen hoy, con las cifras comprobadas en el texto del Real Decreto 326/2026.
Hoy la ayuda pública principal para rehabilitar energéticamente el edificio de una comunidad es la ayuda a la rehabilitación integral de edificios del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, regulado por el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril (en vigor desde el 24 de abril de 2026). La comunidad de propietarios puede ser beneficiaria (art. 96) y, en la parte de eficiencia energética, la subvención llega al 65% del coste con hasta 13.000 euros por vivienda si la obra ahorra entre un 45% y un 60% de energía, y al 80% con hasta 20.500 euros por vivienda si ahorra un 60% o más (anexo II). No se pide al Ministerio: cada comunidad autónoma abre su convocatoria (art. 100). A esto se suman las deducciones del IRPF por obras de eficiencia energética, vigentes hasta el 31 de diciembre de 2027 para el edificio completo.
¿Qué pasó con los fondos Next Generation?
El Real Decreto 853/2021 financió con fondos europeos los programas de rehabilitación a nivel de barrio y de edificio. Sus obras debían estar terminadas antes del 30 de junio de 2026 (arts. 19 y 38) y la ventana de solicitud se cerró en esa fecha. Para los expedientes ya concedidos, el RD 326/2026 permitió que la comisión bilateral de seguimiento autorice, de forma excepcional, prórrogas de ejecución y justificación en los programas 1, 2, 3 y 6 (disposición final segunda). Las comunidades que no llegaron tienen que mirar al Plan Estatal. Lo explicamos con más detalle en qué supuso el cierre del 30 de junio.
Plan Estatal de Vivienda 2026-2030: lo que interesa a una comunidad
El preámbulo del RD 326/2026 cifra el Plan en 7.000 millones de euros. Se financia en un 60% por el Ministerio de Vivienda y en un 40% por las comunidades autónomas (art. 6), y cada año el 30% debe ir a la línea de rehabilitación, accesibilidad y renovación urbana y rural (art. 7.2). Dentro de esa línea, la ayuda pensada para un bloque de pisos es la de rehabilitación integral de edificios (arts. 95 a 103).
Requisitos del edificio (art. 97):
- Terminado antes de 2006, aunque la comunidad autónoma puede admitir edificios posteriores.
- Proyecto o memoria técnica, con el Libro del Edificio Existente archivado en el Registro de la Propiedad.
- Acuerdo de la comunidad de propietarios.
- La subvención se reparte por coeficiente entre las viviendas que sean domicilio habitual y permanente. Las que no lo son no participan en el reparto.
- Retirada del amianto si lo hay y plan de gestión de residuos.
Cuantías máximas (art. 99 y anexo II):
| Actuación | Porcentaje máximo | Máximo por vivienda |
|---|---|---|
| Eficiencia energética, ahorro del 45% al 60% | 65% | 13.000 € |
| Eficiencia energética, ahorro del 60% o más | 80% | 20.500 € |
| Solo algunos elementos de la envolvente | 40% | 7.500 € |
| Accesibilidad | 70% (80% con residentes mayores de 65 o con discapacidad) | 13.000 € (hasta 22.000 € en supuestos del art. 99.2) |
| Seguridad estructural e incendios | 40% | 8.000 € |
Los locales que participen en el coste suman ayuda por metro cuadrado. Si el Libro del Edificio Existente detecta problemas de seguridad, hay que resolverlos para acceder al resto de ayudas (art. 99.4). Para propietarios en situación de vulnerabilidad económica, la comunidad autónoma puede conceder una ayuda adicional de hasta el 100% de su parte (art. 99.5).
Otras reglas prácticas: no se subvencionan calderas ni generadores de combustible fósil (art. 98.3); la obra debe ejecutarse en 36 meses desde la concesión (art. 103); para cobrar la parte de eficiencia hay que aportar los certificados energéticos de antes y después (art. 102); y la ayuda es compatible con otras para el mismo fin salvo las del propio Plan, sin superar el coste total (art. 101). El Plan también contempla la figura del agente o gestor de la rehabilitación (art. 10), que explicamos en la figura del agente rehabilitador.
Tienes un resumen de todas las líneas del Plan en nuestra guía del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 para comunidades.
¿Dónde se pide?
En el órgano de vivienda de tu comunidad autónoma. El RD 326/2026 deja la convocatoria y la resolución en manos de cada comunidad autónoma y de Ceuta y Melilla (arts. 5 y 100), que firman convenio con el Ministerio. Los plazos y la documentación los marca cada convocatoria autonómica. No damos fechas aquí porque cambian de una región a otra: consulta el portal de vivienda de tu comunidad antes de convocar la junta.
Deducciones en el IRPF
Complementan la subvención. Según la disposición adicional quincuagésima de la Ley del IRPF, el propietario puede deducir el 60% de lo que le toque pagar por obras en el edificio que reduzcan al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable o lo lleven a la letra A o B, pagadas hasta el 31 de diciembre de 2027 (base máxima de 5.000 euros al año y 15.000 euros acumulados). Las de la vivienda (20% y 40%) cubren pagos hasta el 31 de diciembre de 2026. Se descuenta la parte subvencionada. Lo detallamos en las medidas de la Ley 10/2022.
¿Y el Plan Social para el Clima?
Es un proyecto, no una ayuda que se pueda pedir hoy. El Gobierno lo presentó el 25 de mayo de 2026 y lo sometió a audiencia pública hasta el 29 de junio, con la intención de enviarlo a la Comisión Europea antes de que acabe 2026, según el Ministerio para la Transición Ecológica. Prevé 9.099 millones para 2026-2032, de ellos 4.723 millones para edificios, y solo para hogares vulnerables. Entre sus líneas figuran 923 millones para rehabilitar edificios residenciales donde vivan hogares vulnerables y 278 millones para viviendas individuales. A fecha de esta actualización no hemos podido verificar que esté aprobado ni que tenga convocatorias.
¿Qué mayoría necesita la junta?
Las obras que mejoren la eficiencia energética del edificio, las renovables de uso común y la petición de ayudas o préstamos para hacerlas se aprueban por mayoría simple de propietarios y de cuotas, siempre que lo repercutido cada año, descontadas las ayudas, no supere doce mensualidades ordinarias de gastos comunes (art. 17.2 LPH). Ese coste se considera gasto general y lo pagan todos, también quien votó en contra.
Merece la pena llevar la propuesta pronto a la junta. Según un análisis interno de Supervecina, una comunidad tarda de media 8 meses en aprobar una obra importante (Barómetro Supervecina), y durante esos meses la calefacción se sigue escapando por la fachada y la cubierta. En la UE, los edificios representan el 40% del consumo de energía y el 36% de las emisiones (Directiva (UE) 2024/1275).
Si hace falta un préstamo para la parte no subvencionada, mira nuestra guía de préstamos para rehabilitación energética. Y antes de nada, pide el certificado energético del edificio: sin el de antes y el de después no se cobra ni la ayuda ni la deducción. Lo explicamos en el nuevo certificado energético.
Conviene encargarlo para todo el edificio y no piso a piso. El Real Decreto 390/2021 permite que la certificación de cada vivienda se base en una certificación única de todo el edificio (art. 6.2), y además obliga a certificar cuando la obra interviene en más del 25% de la envolvente térmica (art. 3.1.d), que es lo habitual en una rehabilitación con SATE o cubierta.
¿Qué obras entran?
En la parte de habitabilidad y sostenibilidad, el art. 98.3 del RD 326/2026 admite todas las obras de mejora o rehabilitación del edificio, incluida la retirada de amianto y la eliminación del gas radón, siempre que la envolvente cumpla los valores del Código Técnico (DB HE1) o se adecue en el proyecto. En la práctica, lo que mueve el ahorro que exige la tabla es esto:
- Aislamiento térmico: fachada (SATE), cubierta, suelos.
- Carpinterías exteriores más eficientes.
- Climatización renovable: aerotermia, geotermia, biomasa, redes de calor.
- Energía solar: fotovoltaica para autoconsumo o solar térmica para ACS.
- Accesibilidad (ascensor, rampas) como actuación propia, con sus cuantías.
Una rehabilitación sale adelante cuando alguien coordina la junta, los técnicos y la convocatoria autonómica. Si quieres que Supervecina lo haga con tu comunidad, calcula el precio de la administración.